martes, 23 de marzo de 2010

Celebramos el 9 de Julio en Argentina uno de los acontecimientos decisivos de la historia del país: el Día de la Independencia, que fuera declarada el 9 de julio de 1816.

Este día, se produjo la concreción de la afirmación y definición formal de su existencia como Nación latinoamericana; la conclusión de un sentir que se inició en Mayo de 1810 cuando expresamos nuestra intención de transformarnos en una Nación libre constituyendo un gobierno propio, y que fue consolidada con esta Declaración de la Independencia.



La Casa de Tucumán:

Ante la necesidad de contar
con un local para las sesiones del Congreso que se reuniría en Tucumán,
se optó por la Casa de Doña Francisca Bazán de Laguna, hoy reconstruída sobre
los escombros de la verdadera.

El 25 de mayo de 1810 expresamos nuestra intención de transformarnos en una Nación libre constituyendo un gobierno propio, pero en nombre del rey de España Fernando VII. Esa intención de libertad fue consolidada el 9 de julio de 1816, cuando declaramos nuestra Independencia.

Te contamos el antes, durante y después de uno de los episodios más relevantes de nuestra historia, y lo que ocurría mientras tanto en Europa.


::: ANTES :::

La Primera Junta de Mayo tuvo que afrontar problemas internos y externos: Los patriotas no se ponían de acuerdo en la forma de gobierno, y España, junto con el resto de Europa, no iba a admitir rebeliones en sus colonias de América.

Los patriotas se dividían en morenistas y saavedristas. Los primeros eran jóvenes partidarios de las ideas liberales y republicanas de la Revolución Francesa, los segundos eran conservadores que no querían romper lazos tan drásticamente con España.

También existía una división entre centralistas y federales. Unos querían un gobierno central y fuerte con sede en Buenos Aires. Los otros querían que las provincias formaran parte de las decisiones del gobierno central y conservaran a su vez sus territorios.

En diciembre de 1810 se incorporan a la Primera Junta diputados provinciales y se forma la Junta Grande. La mayoría de sus integrantes eran seguidores de las ideas de Saavedra y expulsaron a los morenistas, quienes formaron la Sociedad Patriótica, desde donde ejercieron la oposición al gobierno.

La Junta era, como dice su nombre, grande. Ése fue unos de los motivos por los cuales se disolvió, frente a la imposibilidad de consensuar decisiones de gobierno.

En septiembre de 1811 asume el Primer Triunvirato, que dos meses después les ordena a los diputados de la ex Junta Grande retornar a sus provincias.

El Segundo Triunvirato asume el 8 de octubre de 1812 como consecuencia de un golpe militar, en el que tienen activa participación los Granaderos de San Martín y Alvear, además del apoyo popular movilizado por la Sociedad Patriótica en contacto con la Logia Lautaro.

En 1813, en Buenos Aires y convocados por el Segundo Triunvirato, se reúnen representantes de todas las provincias en la oficialmente llamada Soberana Asamblea General Constituyente, que pasó a la historia como la Asamblea del Año XIII. Esta Asamblea fue muy importante en su obra legislativa. Algunas de sus resoluciones más importantes fueron las siguientes:
- Suprimió los títulos de nobleza.
- Declaró la libertad de vientres (esto es que de ahí en adelante los futuros hijos de los esclavos serían libres).
- Prohibió la explotación de los indios.
- Suprimió el nombre de Fernando VII en los documentos oficiales, sellos y monedas.
- Abolió los castigos corporales.
- Instituyó el Escudo y el Himno Nacional.

La Asamblea no llegó sin embargo a ser General ni Constituyente. General, porque no asistieron todas las provincias; y Constituyente, porque no declaró la Independencia y por lo tanto no se redactó una Constitución.

Alvear, joven influyente de aquella época, tenía diferencias notorias con su amigo y compañero de armas San Martín. Este último era partidario de trabajar por la libertad del continente americano, y Alvear era uno de los máximos exponentes del centralismo. Fue por ello que, aprovechando la posibilidad de que los españoles atacaran Buenos Aires, influyó para que la Asamblea aprobara la creación del Directorio, que consistía en un poder unipersonal, con el título de Director Supremo, ejercido en primer lugar por su tío Gervasio A. de Posadas, en enero de 1814.

En ese contexto, las provincias del interior del país se enfrentaban cada vez más con la política paternalista de Buenos Aires.

Posadas creó la escuadrilla naval con la que el almirante Guillermo Brown venció a la flota española en el Río de la Plata. José Artigas, caudillo de la Banda Oriental y opositor al Directorio, se declaró “Protector de los Pueblos Libres” y extendió su control a las provincias de Entre Rios, Corrientes, Misiones, Santa Fe y Córdoba.

El Director Posadas decidió nombrar jefe del Ejército del Norte a Alvear, en reemplazo de Rondeau, pero los oficiales se opusieron y forzaron la renuncia de Posadas. Asumió entonces (en enero de 1815) Alvear, quien tenía formalmente todo el poder pero sin apoyos. A los tres meses debió renunciar cuando el General Alvarez Thomas, jefe del Ejército del Norte, se negó a derrotar al caudillo Artigas. El Cabildo nombró entonces a Alvarez Thomas como Director sustituto y creó una Junta de observación para controlar los excesos de poder y redactar un estatuto provisional que fuera la antesala de una definitiva constitución.

Ese estatuto fue redactado en 1815 y convocaba a un Congreso General Constituyente para organizar definitivamente el país.

::: DESPUÉS :::

A principios de 1817, el Congreso tuvo que trasladarse a Buenos Aires, debido a la amenaza realista en el norte. Pero los caudillos provinciales tomaron la decisión como una excusa para lo que consideraban el verdadero propósito: Gobernar desde Buenos Aires.

A fines de 1817 se sancionó el Reglamento Provisional, para regir los destinos de la nueva Nación hasta tanto se dictara la definitiva Constitución. Dos años después, llegó finalmente la sanción de la Constitución, aunque con una clara influencia de las ideas monárquicas, conservadoras y centralistas, ya que dominaba un Poder Ejecutivo con amplias facultades, entre ellas la de nombrar los gobernadores de las provincias.
Naturalmente fue rechazada por los caudillos del interior, que pretendían que cada provincia nombrara sus propias autoridades y participara de las decisiones del gobierno central.

En definitiva, la constitución de 1819 terminó siendo uno de los detonantes de la anarquía y posterior guerra civil entre unitarios y federales, que enfrentó al país durante más de 30 años.

::: FORJADORES DE LA INDEPENDENCIA :::

LOS CONGRESALES DE TUCUMÁN

San Juan
Francisco Narciso de Laprida (1786/1829). Doctor en Leyes.
Fray Justo Santa María de Oro (1772/1836). Clérigo y Doctor en Teología.

Catamarca
Manuel Antonio Acevedo (1770/1825). Clérigo.
José Eusebio Colombres (1778/1859). Clérigo y Doctor en Leyes.

Tucumán
Pedro Miguel de Aráoz (1759/1832). Clérigo y Doctor en Teología.
José Ignacio Thames (1762/1832). Clérigo y Doctor en Teología.

Charcas
José Severo Feliciano Malabia (1787/1849). Doctor en Leyes.
Mariano Sánchez de Loria (1774/1842). Doctor en Leyes.
José María Serrano (1788/1852). Abogado.

Buenos Aires
Tomás Manuel de Anchorena (1783/1847). Doctor en Leyes.
José Darragueira (1770/1817). Doctor en Leyes.
Esteban Agustín Gascón (1764/1824). Doctor en Derecho.
Pedro Medrano (1769/1840). Doctor en Leyes.
Juan José Paso (1758/1833). Doctor en Leyes.
Fray José Cayetano Rodríguez (1761/1823). Clérigo, Poeta y Periodista.
Antonio Sáenz (1780/1825). Clérigo y Abogado.

Salta
Mariano Boedo (1782/1819). Abogado.
José Ignacio de Gorriti (1770/1835). Doctor en Derecho.

Córdoba
Eduardo Pérez Bulnes (1785/1851). Cesó en sus funciones cuando el Congreso se trasladó a Buenos Aires en 1817.
Juan Antonio Cabrera (1768/1820). Licenciado en Derecho.
Jerónimo Salguero (1774/1847). Doctor en Derecho Civil.

La Rioja
Pedro Ignacio de Castro Barros (1777/1849). Clérigo.

Santiago del Estero
Pedro León Gallo (1779/1852). Clérigo.
Pedro Francisco Uriarte (1758/1839). Clérigo y Doctor en Leyes Religiosas.

Mendoza
Tomás Godoy Cruz (1791/1852). Bachiller en Filosofía y Leyes.
Juan Agustín Maza (1784/1830). Doctor en Derecho Civil.

Chibchas
Juan Andrés Pacheco de Melo (1779/1833). Clérigo.

Mizque
Pedro Ignacio de Rivera (1753/1833). Doctor en Derecho Civil y Coronel.

Jujuy
Teodoro Sánchez de Bustamante (1778/1851). Doctor en Leyes.